Immunization Issues

Programa Nacional para la Compensación de Daños por Vacunas (VICP)

Updated: Octubre 13, 2011

El Programa Nacional para la Compensación de Daños por Vacunas paga a la gente que ha sufrido daños por las vacunas.

 

Ninguna vacuna es 100% segura y algunas veces, las personas pueden ser afectadas al recibir una vacuna –parálisis por poliomielitis causada por la vacuna viva del polio es una efecto inusual de la vacuna oral contra el polio, por ejemplo. El cuidado de las personas que han sido afectadas por vacunas es costoso para la familia y para la sociedad. En la mayoría de los casos, los daños por las vacunas no son culpa de las personas que las reciben sino que son consecuencias infortunadas al proteger la sociedad de enfermedades que son prevenidas con vacunas.

Incluso, en la década de los ochentas hubo una ola de demandas relacionadas con daños por las vacunas que resultó en la remoción de varios productores de vacunas –los costos de algunas vacunas subieron hasta el cielo; en otras, bajó la oferta. La preocupación de que los niños estuvieran en mayor riesgo de contraer enfermedades prevenibles con vacunas, se incrementó.

Para lidiar con estos asuntos, el Congreso, en 1986, pasó el Acta Nacional para Daños de las Vacunas en los Niños, la cual, entre otras cosas, estableció el Programa Nacional para la Compensación de Daños por Vacunas (VICP).

¿Qué es el VICP?

El VICP compensa a la gente que la corte federal determina ha cumplido con los estándares legales por haber sufrido por las vacunas; estos estándares no necesitan enfrentar los estándares de una acusación científica. La gente que pone las quejas no requieren probar negligencia por parte de la institución proveedora de salud o del productor de la vacuna.

Los fondos para pagar compensaciones provienen del impuesto de cada dosis de vacuna que es puesto en un fondo de valores.

El VICP es una alternativa al sistema tradicional. La Corte Federal de los Estados Unidos decide quién es compensado. Algunos reciben compensación conforme a una Tabla de Heridas de Vacunas.

La Tabla –desarrollada por un panel de expertos- consiste en una lista de heridas y condiciones que presuntamente fueron causadas por las vacunas, y define que el período de tiempo en que el primer síntoma ocurrió fue justo después de haber recibido la vacuna. A menos que se encuentre una causa diferente, la corte presume que la condición fue causada por la vacuna si el primer síntoma ocurre entre los períodos definidos.

Cuando una condición no está en la Tabla u ocurre fuera del período establecido en la Tabla, la persona que reclama debe probar que la vacuna causó el problema –basado en informes médicos o en opiniones de expertos. La Tabla se actualiza con las investigaciones que cada vez revelan más sobre los efectos secundarios de las vacunas.

La gente que reclama puede calificar por compensación de tres maneras:

  • Demostrando que la condición en la Tabla ocurrió en el período en que recibió la vacuna;
  • Comprobando que la vacuna causó el daño; o
  • Comprobando que la vacuna complicó una condición pre-existente.

En general, estas demandas deben ponerse antes del tercer año del primer síntoma del daño por la vacuna. Un reclamo de muerte debe demandarse antes del segundo año de la muerte y 4 años antes del primer síntoma del daño que causó la muerte.

¿Qué vacunas están cubiertas por el VICP?

En general, todas las vacunas con licencia en los Estados Unidos recomendadas por el CDC que son administradas universalmente a los niños son cubiertas por el VICP.

Los daños a los adultos también están cubiertos por el VICP. Las vacunas que están cubiertas por el VICP son:

  • Difteria, tos ferina y tétanos (DTP, DTaP, Tdap, DT, Td o TT)
  • Haemophilus influenza tipo B conjugada (Hib)
  • Hepatitis A (HAV)
  • Hepatitis B (HBV)
  • Vacuna contra el papiloma humano (HPV)
  • Influenza (TIV, LAIV)
  • Meningococo (MCV4, MPSV4)
  • Polio (OPV o IPV)
  • Neumococo conjugado (PCV-7)
  • Rotavirus (RV)
  • Varicela (VZV)
  • Cualquier combinación de las vacunas anteriores
  • Vacunas adicionales que puedan ser añadidas en el futuro

Un daño o muerte asociados con un adulterante o contaminante intencionalmente añadido a la vacuna no es cubierto por VICP. Los componentes de las vacunas licenciadas por los Estados Unidos como el diluyente y los aditivos – como estabilizantes, adyuvantes y preservativos como el timerosal – no son considerados adulterantes o contaminantes.

¿Cuánta compensación provee el VICP?

Los casos de muerte bajo el VICP están limitados en $250.000 dólares. Sin embargo, no hay limitación en la cantidad de dinero recibida por daños relacionados con la vacuna, aunque, hay ciertas restricciones bajo la ley. El VICP reembolsa los costos y gastos de abogado sin importar si recibieron o no compensación, si el caso fue demandado de buena fe y con una base razonable.

Entre 1988 y el 2008 (enero), 12.400 peticiones han sido puestas en el VICP y 6.702 han sido adjudicadas. Las compensaciones a individuos con un daño causado por las vacunas han sido en promedio por $933.000 dólares. La compensación está basada en factores como el costo del cuidado del daño y por futuro cuidado, pérdida de productividad, cambio en la calidad de vida y otros factores.

Puedes encontrar más información en el sitio Web de VICP (en inglés)